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Bloque 6 · Derecho fiscal y contabilidad de la empresa

IVA, IRPF, IS, deducciones, IVA intracomunitario y tributos locales del transporte.

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Introducción al Bloque 6: Derecho fiscal y contabilidad

El Bloque 6 corresponde al anexo D del programa oficial y a la parte fiscal de gestión empresarial. Supone aproximadamente un 12–15% del peso total del examen y aparece tanto en preguntas de test como en supuestos prácticos de cálculo de costes y precios de porte.

Subtemas que entran en el Bloque 6

SubbloqueTema principalNormativa de referencia
6AIVA en transporte nacional e internacionalLey 37/1992, del Impuesto sobre el Valor Añadido (LIVA)
6BImpuesto sobre SociedadesLey 27/2014, del Impuesto sobre Sociedades (LIS)
6CIRPF del transportista autónomoLey 35/2006, de IRPF; PGC; cotizaciones RETA 2025
6DTributos locales y otros tributosIAE, IVTM, tasas municipales, ITV y ZBE

Subbloque 6A — IVA en el transporte (Ley 37/1992 LIVA)

Tipos impositivos aplicables

  • Tipo general 21%: servicios de transporte nacional de mercancías y viajeros dentro de España.
  • Tipo reducido 10%: viajeros urbanos y suburbanos regulares, y algunos servicios escolares especiales.
  • Superreducido 4%: no aplica salvo en transporte sanitario específico.
  • Transporte internacional extracomunitario: EXENTO de IVA (art. 21 LIVA) cuando el origen o destino está en un país tercero fuera de la UE.
  • Transporte intracomunitario de mercancías: exento art. 25 LIVA con 0% IVA (operación sujeta, no exenta, con inversión del sujeto pasivo en el Estado miembro de destino).

Deducción del IVA soportado

Puedes deducir el IVA soportado en gasóleo profesional, repuestos, alquileres de vehículos, cursos de formación, seguros de transporte y otros gastos directamente vinculados a actividades gravadas. Si convives operaciones gravadas con exentas, debes aplicar la prorrata de deducción proporcional.

Obligaciones formales y lugar de tributación

  • Autoliquidación IVA mensual o trimestral según volumen; factura con NIF, serie y numeración correlativa.
  • IVA intracomunitario: declaración modelo 303 + modelo 349 de Operaciones Intracomunitarias (OI).
  • Regla general lugar IVA: lugar del establecimiento del transportista para mercancías; para viajeros, lugar donde se efectúa el trayecto (regla simplificada: destino).

Subbloque 6B — Impuesto sobre Sociedades (LIS 27/2014)

Tipos y gravamen

  • Tipo general 25% para SL y SA consolidadas.
  • SL nueva constituida: 15% durante los dos primeros periodos impositivos en que la base imponible sea positiva.

Deducciones fiscales habituales en transporte

  • Deducción por doble imposición (rentas obtenidas en el extranjero).
  • Deducción por actividades de I+D+i (si aplica).
  • Fondo de reserva para PYMES e incentivos a la inversión en activos productivos.

Gastos deducibles vs no deducibles

Gastos SÍ deducibles

  • Combustible profesional y lubricantes.
  • Amortizaciones de vehículos y maquinaria.
  • Sueldos, salarios y cotizaciones a la SS.
  • Alquileres de vehículos, naves y oficinas.
  • Seguros de vehículos, mercancías y responsabilidad civil.
  • Cursos de formación obligatorios y bonificados.

Gastos NO deducibles

  • Multas e infracciones administrativas o penales.
  • Subvenciones oficiales gravadas si no se reinvierten según normativa.
  • Donaciones sin fundación o entidad declarada.
  • Gastos no documentados o sin factura justificativa.

Subbloque 6C — IRPF del transportista autónomo

Régimen de estimación y contabilidad

  • El transporte por carretera suele acogerse a estimación directa simplificada o normal; el régimen de módulos está limitado según volumen y actividad.
  • Plan Contable General (PGC) y libros de ingresos y gastos, además de registro de bienes de inversión.

Cotizaciones a la Seguridad Social (RETA 2025)

Cuota del RETA en régimen general (2025): 380,22 €/mes sobre base mínima de 1.256,80 €/mes, aplicando los tramos correspondientes según ingresos declarados.

Gastos deducibles en IRPF

  • Gasóleo B profesional: 90% si hay mezcla de uso personal y actividad; 100% si el vehículo es exclusivo para la actividad.
  • Amortización del vehículo: 5 años en método lineal para camiones; o amortización acelerada en 1,5 años si es nuevo y su MMA es inferior a 3,5 t.
  • Dietas y manutención (2025): 26,67 €/día en territorio español; 48,08 €/día en el extranjero.
  • ITV, seguros obligatorios y voluntarios, reparaciones, tacógrafo, peajes, parking y gastos de almacén o transbordo.

Subbloque 6D — Tributos locales y otros tributos

Impuesto sobre Vehículos de Tracción Mecánica (IVTM)

Tributo municipal que grava la titularidad de vehículos según caballos fiscales y potencia. Pagable anualmente en el Ayuntamiento de empadronamiento.

IAE (Impuesto sobre Actividades Económicas)

Epígrafes 761 (transporte de mercancías por carretera) y 763 (transporte de viajeros). Exención IAE si el volumen neto de negocios es inferior a 1.000.000 €.

Peajes y tasas viarias

Peajes de autopistas (AP-7, AP-6, etc.), VIA-T, escudos y tasas aeroportuarias, tasas portuarias y otros gravámenes de infraestructura.

ITV y tasas medioambientales

Tasa de inspección técnica de vehículos (ITV) periódica. Tasa medioambiental de la ZBE de Madrid Central y zonas de bajas emisiones (ZBE) de Barcelona y otras ciudades.

5 preguntas tipo examen del Bloque 6

A continuación, 5 preguntas con el formato oficial del examen para practicar.

  1. 1) ¿Qué tipo de IVA se aplica normalmente al servicio nacional de transporte de mercancías por carretera?

    A) 4%. B) 10%. C) 21%. D) Exento 0%.

    Respuesta correcta: C) 21% (tipo general LIVA).

  2. 2) Una SL de nueva creación, con base imponible positiva, puede aplicar un tipo reducido en Impuesto sobre Sociedades durante los primeros periodos. ¿Cuánto y cuánto dura?

    A) 25% indefinido. B) 15% los dos primeros periodos. C) 20% los tres primeros años. D) 10% el primer año.

    Respuesta correcta: B) 15% los dos primeros periodos impositivos según LIS 27/2014.

  3. 3) Un transportista autónomo con vehículo mixto (uso personal + actividad) puede deducir en IRPF el gasóleo B profesional en:

    A) 100% siempre. B) 90%. C) 50%. D) 0%, porque no es deducible.

    Respuesta correcta: B) 90%, salvo que el uso sea exclusivamente de actividad (100%).

  4. 4) El transporte intracomunitario de mercancías entre España y Francia tributa en IVA según el art. 25 LIVA. Indique la afirmación correcta:

    A) IVA 21% en origen siempre. B) 0% en origen e inversión del sujeto pasivo en destino. C) Exento sin repercutir, sin declarar en el 349. D) IVA 10% por ser intracomunitario.

    Respuesta correcta: B) 0% en origen (operación sujeta, exenta art. 25) con inversión del sujeto pasivo en el país de destino; además se declara en modelo 349.

  5. 5) ¿Cuál es el importe de la dieta diaria en España aplicable al autónomo transportista en 2025, sin pernocta pero justificada?

    A) 18,30 €/día. B) 26,67 €/día. C) 48,08 €/día. D) 32,00 €/día.

    Respuesta correcta: B) 26,67 €/día en territorio español (48,08 €/día en el extranjero).

Plan de 2 semanas para aprobar el Bloque 6

Semana 1 — IVA + Impuesto sobre Sociedades

  1. Días 1–2: Tipos IVA, lugar de tributación y exenciones art. 21 y 25 LIVA.
  2. Días 3–4: Deducciones y prorrata; modelos 303 y 349; facturación.
  3. Días 5–6: Impuesto sobre Sociedades: tipos, base imponible, gastos deducibles/no deducibles.
  4. Día 7: Bloque de 30 preguntas test del subbloque 6A y 6B + repaso de errores.

Semana 2 — IRPF + tributos locales + repaso global

  1. Días 8–9: IRPF autónomo: estimación, RETA 2025, gasóleo, amortizaciones y dietas.
  2. Día 10: Subbloque 6D: IVTM, IAE, tasas ITV, ZBE y peajes.
  3. Días 11–12: Simulacros de supuestos prácticos con cálculo de costes y precios de porte.
  4. Días 13–14: Examen completo tipo oficial + revisión de la tabla de subtemas y tarjetas mnemotécnicas.
Garantía de aprobado

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Las tasas oficiales de examen de cada convocatoria no están incluidas.

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Preguntas frecuentes sobre Bloque 6 Fiscalidad

El Bloque 6 representa aproximadamente un 12–15% de la puntuación global del test y suele aparecer también en los supuestos prácticos de cálculo de costes y precios de porte.

Sí, el examen oficial pide datos concretos: 21% general, 10% reducido viajeros regulares, 0% intracomunitario mercancías, 15% IS nueva SL, cuota RETA 2025 (380,22 € base 1.256,80 €) y dietas 26,67 / 48,08 €/día.

El art. 21 corresponde a transporte internacional con origen o destino en país tercero (no UE). El art. 25 se aplica al transporte intracomunitario de mercancías (Estado miembro a Estado miembro) con inversión del sujeto pasivo y obligación de presentar el modelo 349.

Epígrafe 761 IAE (transporte de mercancías por carretera). El transporte de viajeros corresponde al epígrafe 763. Ambos están exentos de cuota íntegra si el volumen neto de negocio es inferior a 1.000.000 €.

Multas e infracciones administrativas o penales, subvenciones oficiales gravadas sin reinversión, donaciones sin entidad declarada y gastos sin documentación justificativa válida.

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