- ¿Qué se puede solicitar?Nombre del trámite
TECE – Examen de Competencia de transporte comunidad Valenciana para el ejercicio de las actividades de transporte interior e internacional de mercancias y de viajeros.
Objeto del trámite
Obtener el certificado de Competencia de transporte comunidad Valenciana, para el ejercicio de la actividad de transportista interior e internacional de mercancías y viajeros, que a tal efecto expide la Conselleria de Vivienda, Obras Públicas y Vertebración del Territorio previa la superación de las correspondientes pruebas.
- ¿Quién puede iniciarlo?Interesados/Solicitantes
Las personas que deseen llevar a cabo las actividades mencionadas anteriormente y cumplan los requisitos que se mencionan a continuación.
NOTA:
El solicitante sólo podrá optar por una de las dos modalidades, es decir, MERCANCÍAS O VIAJEROS.Requisitos
– Tener domicilio legal en el territorio de la Comunitat Valenciana,
– Estar prestando el servicio militar en esta comunitat o tener domicilio en el extranjero.
– Estar empadronado dentro de la Comunitat un mínimo de 185 dias. - ¿Qué tasas se deben pagar y cómo hacer su pago?Importe de la tasa
14,9 €
Tasa
Tasas – 2015
– A08: 14,90 eurosEnlace relacionado con el pago de las tasas
http://www.citma.gva.es/web/transportes/inf-admin/tasas-trans/modelos-046-sara/solicitud-autoriz
- ¿Cuándo solicitarlo?Plazo de presentación
El plazo de presentación de las solicitudes para cada examen será del 1 al 20 de abril o del 1 al 20 de octubre de cada año.
- ¿Dónde dirigirse?Presencial
– En los registros de los órganos administrativos a que se dirijan o ante cualquier órgano administrativo que pertenezca a la Administración General del Estado, a la de cualquier administración de las comunidades autónomas, o a la de alguna de las entidades que forman la administración local si, en este último caso, se hubiera suscrito el oportuno convenio, así como en las representaciones diplomáticas u oficinas consulares de España en el extranjero.
– También en cualquier oficina de correos. En este caso se deberá presentar en sobre abierto para que se pueda estampar el sello y la fecha en el impreso de solicitud y en la copia.
– Y, preferentemente, en:
REGISTRO DEL SERVICIO TERRITORIAL DE TRANSPORTES – ALICANTE
AVDA. AGUILERA, 1
03007 Alacant/Alicante
Tel: 965936789
REGISTRO AUXILIAR DE LA DIRECCIÓN TERRITORIAL DE INFRAESTRUCTURAS, TERRITORIO Y MEDIO AMBIENTE – CASTELLÓN
AVDA. DEL MAR, 16
12003 Castelló de la Plana/Castellón de la Plana
Tel: 012
REGISTRO DEL SERVICIO TERRITORIAL DE TRANSPORTES – VALENCIA
C/ GREGORIO GEA, 27
46009 Valencia
Tel: 012Por internet
Tramitar con certificado electrónico:
https://www.tramita.gva.es/ctt-att-atr/asistente/iniciarTramite.html?tramite=CIT-CAPTRANS&version=1&login=c&idioma=es&idCatGuc=PR&idProcGuc=160 - ¿Qué documentación se debe presentar?– Justificante del pago de la tasa por derechos de exámenes.
Las solicitudes relativas a obtención del certificado de competencia profesional para el ejercicio de las actividades de transporte interior e internacional de mercancías y de viajeros por carretera se podrán presentar bien de forma telemática o según lo dispuesto en el artículo 8 de la Orden de 16 de septiembre de 1999.
Las solicitudes para tomar parte en las pruebas que se convocan, deberán realizarse mediante el impreso de solicitud normalizado, y de acuerdo con los siguientes criterios:
– Las solicitudes se presentarán, debidamente cumplimentadas, en la Dirección General de Obras Públicas, Transporte y Movilidad de la Conselleria de Vivienda, Obras Públicas y Vertebración del Territorio o en los Servicios Territoriales de Transporte de Valencia, Alicante y Castellón, o en cualquiera de los lugares establecidos en el Art. 38 de la Ley de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común.
– Las solicitudes irán acompañadas de una fotocopia del documento nacional de identidad vigente, solo en aquellos casos en los que los interesados no hayan otorgado su autorización expresa al órgano gestor en su solicitud para la consulta de datos referidos a la identidad de la persona interesada, y del justificante del pago de la tasa por derechos de examen.
– En los casos en los que el domicilio que figura en el documento acreditativo de la identidad no sea de un municipio de la Comunitat Valenciana se deberá además presentar los documentos que se citan en el artículo 7 de la citada Orden de 16 de septiembre de 1999 relativos a la residencia habitual de los interesados.En la solicitud deberá indicarse un solo lugar de la Comunitat Valenciana para asistir a las pruebas, y no se podrá posteriormente modificar.
NOTAS:
1. En caso de aportar el DNI caducado, se deberá adjuntar además:
– Certificado de empadronamiento del municipio donde reside habitualmente.2. En caso de aportar DNI con domicilio distinto al de cualquier municipio de la Comunitat Valenciana, se debe aportar además:
– Certificado de empadronamiento que acredite que reside más de 185 días en cualquier municipio de la Comunitat Valenciana (contados hasta el día de finalización del plazo de presentación de instancias).3. Si no se acredita residir más de 185 días en cualquier municipio de la Comunitat Valenciana, se aportará:
– Certificado de empadronamiento.
– Documentación acreditativa de razones familiares o profesionales por las que se ha visto obligado a trasladar su residencia habitual.4. En caso de estar prestando el servicio militar en esta comunidad, se adjuntará:
– Certificado original del jefe de la unidad correspondiente.5. En caso de residencia en el extranjero, se aportará:
– Justificante de esa circunstancia.Impresos asociados
- ¿Cómo se tramita?Pasos
– Pago de los derechos de examen.
– Presentación de la solicitud y documentación requerida.
– El director general de Obras Públicas, Transporte y Movilidad designará tribunal, fecha, hora y lugar de realización de ejercicios, procediendo a su publicación en el Diari Oficial de la Comunitat Valenciana con al menos diez días de antelación a la celebración del primer ejercicio.
– El tribunal de las pruebas es único para toda la Comunitat Valenciana y estará constituido por siete miembros: el Presidente, cinco vocales y el Secretario, el cual actuará con voz y voto, pudiendo designarse miembros suplentes de los anteriores.
– Las pruebas se realizarán simultáneamente en las ciudades de: Valencia, Alicante y Castellón.
– Antes del 30 de abril y 30 de octubre, en cada servicio territorial de Transporte y en los Servicios Centrales, se expondrá la lista provisional de excluidos y admitidos a las pruebas que se realizan en su correspondiente ciudad, con un plazo de 10 días para subsanar los errores que hubieran motivado su no admisión o presentar las alegaciones que consideren convenientes, de conformidad con el art. 71 de la Ley 4/1999 de 13 de enero, de modificación de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común. Subsanados, en su caso los errores o atendidas las alegaciones presentadas, se expondrán las listas definitivas en las dependencias mencionadas, cuarenta y ocho horas antes de la celebración de las pruebas de capacitación.
– Las listas provisionales de las personas que superen las pruebas serán expuestas en las mismas dependencias señaladas, disponiendo los examinados de 10 días para presentar las alegaciones que consideren convenientes.
– Atendidas las alegaciones presentadas y, en su caso, subsanados los errores detectados, se expondrán las listas definitivas en cada Servicio Territorial de Transportes y en los servicios centrales.
– Los correspondientes certificados de capacitación serán expedidos por la Conselleria de Vivienda, Obras Públicas y Vertebración del Territorio, a las personas que superen las correspondientes pruebas de capacitación y figuren como tales en la relación a tal efecto elaborada por los correspondientes tribunales.
Para la presentación telemática de las solicitudes se deberá tener en cuenta lo dispuesto en la Orden de 2 de junio de 2005, del conseller de Infraestructuras y Transporte, por la que se regula la presentación telemática de solicitudes para el examen de capacitación profesional para el transporte de mercancías y viajeros por carretera y de consejeros de Seguridad y su renovación.
Recursos que proceden contra la resolución
Los previstos en la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común (BOE nº 285, de 27/11/92) y la nueva redacción dada a su articulado por la Ley 4/1999, de 13 de enero (BOE nº 12, de 14/01/99).
- ¿Cómo se tramita telemáticamente?Inicio
- Información complementaria* LUGARES, FECHAS Y HORARIO DE CELEBRACIÓN DE LOS EJERCICIOS (2015)
23 de mayo de 2015
28 de noviembre de 2015– No se pueden realizar ambos ejercicios en la misma convocatoria, deberá optarse por una de las dos modalidades, o mercancías o viajeros.
– En todos los casos el lugar de celebración y la hora de inicio de las pruebas se anunciará en la página web www.citma.gva.es con una antelación mínima de quince días.
Fuente: http://www.citma.gva.es/